El alquiler de temporada es una herramienta legal muy útil… si se usa bien. Redactamos contratos con causa de temporalidad justificada para que evites sanciones y fraudes de ley.
La clave de un alquiler de temporada válido está en la causa y en la redacción. Te ayudamos a hacerlo correctamente, sin atajos peligrosos.
Con Barcelona declarada zona de mercado tensionado y con la limitación de las rentas, muchos propietarios se interesan por el alquiler de temporada como alternativa al arrendamiento de vivienda habitual. Es una figura perfectamente legal y muy útil para estudiantes, profesionales desplazados o estancias por obras, pero solo si existe una causa de temporalidad real y documentada. Usarla como mero atajo para esquivar la normativa de vivienda habitual es un fraude de ley que puede acabar en sanción y en la conversión del contrato. Nuestro trabajo es que tu contrato sea sólido y resista cualquier inspección.
Documentamos el motivo real de la temporalidad (estudios, trabajo, traslado) e incorporamos la prueba al contrato para que resista cualquier inspección.
Te explicamos qué figura corresponde a tu caso y sus implicaciones legales, fiscales y de licencias, para que no incurras en infracciones.
Cada contrato de temporada se redacta a medida del caso concreto. Nada de plantillas: documentamos la causa, fijamos la duración y blindamos las cláusulas para que la operación sea sólida ante la administración.
Quiero un contrato de temporadaEstos son los supuestos en los que la temporalidad está justificada y el contrato es plenamente válido:
Te redactamos un contrato de temporada blindado y conforme a la normativa de Barcelona.
El alquiler de temporada se destina a una necesidad temporal y justificada del inquilino (estudios, trabajo, tratamiento médico), no a su residencia permanente. Se rige por los pactos del contrato y por la LAU como uso distinto del de vivienda, sin las prórrogas obligatorias de hasta 5 años ni los límites de renta de la zona tensionada.
Porque si no existe una causa real y documentada de temporalidad, la administración o un juez puede recalificar el contrato como alquiler de vivienda habitual encubierto, con prórrogas obligatorias y posibles sanciones. En Barcelona, zona tensionada, este es el punto que más se inspecciona.
No hay un máximo legal fijo: lo que define la temporada no es la duración sino la causa. Suelen ir de unas semanas a 11 meses (curso académico, proyecto laboral, etc.). Lo decisivo es que la duración se corresponda con la necesidad temporal acreditada.
No. El alquiler turístico requiere licencia (HUT) y se rige por normativa específica con estancias de pocos días. El de temporada cubre estancias medias por un motivo concreto. Confundirlos puede acarrear sanciones graves; te ayudamos a usar la figura correcta y, si procede, a valorar el uso comercial.
Según el caso: matrícula universitaria o de un máster, contrato de trabajo temporal o carta de desplazamiento de la empresa, documentación de obras en la vivienda habitual del inquilino, o justificante de tratamiento médico. Incorporamos la prueba como anexo al contrato.
Los ingresos tributan en el IRPF como rendimiento del capital inmobiliario, pero sin la reducción aplicable a la vivienda habitual. La fianza también debe depositarse en el INCASÒL. Integramos el contrato con tu planificación fiscal.
Si el contrato está bien redactado, con causa acreditada y duración coherente, no. El riesgo aparece con contratos genéricos o renovaciones encadenadas sin causa. Por eso redactamos cada contrato a medida del caso concreto.