Comprar un piso alquilado tiene reglas propias: el inquilino sigue, con sus derechos. Esto es lo que debes saber.
Compraventa · Actualizado en octubre de 2026 · 5 min de lectura
Comprar una vivienda con un inquilino con contrato (no confundir con un piso ocupado) es legal y habitual en inversión, pero el arrendamiento continúa.
Como nuevo propietario, te subrogas en la posición del arrendador: debes respetar el contrato vigente, la renta y la duración pactada conforme a la LAU.
El inquilino puede tener derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto): la posibilidad de comprar la vivienda en las mismas condiciones antes que un tercero, salvo que haya renunciado válidamente.
No sin más: te subrogas en el contrato y debes respetar su duración y condiciones conforme a la LAU. Solo puedes recuperar la vivienda en los supuestos legalmente previstos.
Puede tener derecho de tanteo y retracto (adquisición preferente) en las mismas condiciones, salvo que haya renunciado válidamente en el contrato. Lo verificamos antes de comprar.
No de inmediato. El comprador se subroga en el contrato y debe respetarlo hasta su vencimiento en los términos de la LAU. Solo cabe recuperarla en los supuestos legales.
Si el arrendamiento no está inscrito en el Registro, la protección del inquilino frente al nuevo dueño es menor, pero hay que analizar cada caso y la fecha del contrato.
El contrato, la renta, la fianza, la duración restante, si el inquilino renunció al tanteo y retracto y si está al corriente de pago. Lo revisamos antes de firmar.
Revisamos el contrato de arrendamiento y tus derechos como nuevo propietario antes de firmar.