Si okupan tu vivienda, actuar rápido y bien es decisivo. Te explicamos las vías legales y los plazos para recuperarla.
Alquiler · Actualizado en octubre de 2026 · 6 min de lectura
La okupación de una vivienda es una de las mayores preocupaciones del propietario. La rapidez y la vía elegida son claves para recuperarla.
Alarmas, mantener la vivienda no aparentemente vacía y actuar en las primeras horas marcan la diferencia. No intentes echarlos por la fuerza: hazlo por la vía legal. Te asesoramos desde el minuto uno; distinto es comprar un piso ya ocupado.
No es recomendable: puede volverse en tu contra. Lo correcto es actuar por la vía legal (denuncia penal por allanamiento o usurpación y/o desahucio), y hacerlo con la máxima rapidez.
Sí. Si es tu morada, puede constituir allanamiento, un delito más grave que permite una actuación más rápida, incluso policial si se actúa en flagrancia. En inmuebles vacíos la vía suele ser más lenta.
Denunciar de inmediato; si se actúa en las primeras horas, en flagrancia, la policía puede desalojar sin proceso. Pasado ese momento hay que acudir a la vía judicial. Actúa cuanto antes.
Según el caso, el juicio verbal de desahucio por precario o la vía penal por usurpación o allanamiento. Elegimos la más rápida para tu situación.
Cuidado: cualquier desalojo por la fuerza fuera de la ley puede ser delito y volverse en tu contra. La vía segura es la judicial, que llevamos por ti.
Analizamos tu caso y te guiamos por la vía más rápida para recuperar la posesión de tu vivienda.