Durante años, la banca cargó al cliente gastos que no le correspondían. Si firmaste tu hipoteca hace tiempo, quizá puedas reclamar.
Impuestos · Actualizado en octubre de 2026 · 5 min de lectura
Muchas hipotecas antiguas incluían una cláusula que hacía pagar al cliente todos los gastos de formalización. Los tribunales han declarado abusiva esa imposición y han repartido los gastos.
El impuesto (IAJD) merece mención aparte: para las hipotecas anteriores al cambio normativo de 2018 lo pagaba el cliente y, en general, no se recupera; desde entonces lo paga el banco por ley.
Los plazos de reclamación son un asunto técnico y cambiante. Conviene revisar la escritura y las facturas cuanto antes. Analizamos tu caso y reclamamos al banco lo que proceda.
Según la fecha y el caso, el registro y la gestoría suelen corresponder al banco, la notaría repartirse y la tasación depender de cuándo se firmó. Revisamos tu escritura para concretarlo.
Con carácter general, el IAJD de las hipotecas anteriores a 2018 lo pagaba el cliente y no se recupera. Desde el cambio normativo lo paga el banco. Los demás gastos sí pueden reclamarse según el caso.
Según la jurisprudencia pueden reclamarse gastos de gestoría, registro y parte de la notaría de hipotecas antiguas, y comisiones abusivas. La tasación y el IAJD tienen un tratamiento distinto.
Sí. Los tribunales han fijado plazos de prescripción que conviene no dejar pasar. Cuanto antes se reclame, mejor; analizamos si tu caso está en plazo.
Sí, si tu hipoteca tenía cláusula suelo puedes reclamar su nulidad y la devolución de lo pagado de más, de forma acumulada con los gastos. Lo revisamos en tu escritura.
Revisamos tu escritura y valoramos qué gastos hipotecarios puedes reclamar al banco.