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Avales y Garantías del Dinero Anticipado en Obra Nueva

Al comprar sobre plano entregas dinero antes de tener la vivienda. La ley obliga al promotor a garantizarlo. Te explicamos cómo.

Compraventa · Actualizado en enero de 2026 · 6 min de lectura

Al comprar obra nueva sobre plano, entregas cantidades a cuenta antes de que la vivienda exista. La ley te protege: el promotor debe garantizar cada euro anticipado.

La obligación legal del promotor

La normativa (Ley de Ordenación de la Edificación, reformada por la Ley 20/2015) obliga al promotor a:

  • Aval o seguro que garantice la devolución de las cantidades entregadas más intereses si la obra no se inicia o no se entrega en plazo.
  • Ingresar esos importes en una cuenta especial separada, destinada solo a la promoción.

Qué debes exigir

  • Copia del aval o póliza individualizada a tu nombre por cada pago.
  • Que los pagos se hagan a la cuenta especial, no a una cuenta genérica.

Si el promotor incumple

Puedes ejecutar el aval y recuperar lo anticipado con intereses. Sin garantía, recuperar el dinero de un promotor insolvente es mucho más difícil, por eso conviene revisarlo antes de pagar.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas


Sí. La ley obliga al promotor a garantizar mediante aval o seguro las cantidades anticipadas y a ingresarlas en una cuenta especial. Debes exigir la garantía individualizada por cada pago.

Si tienes aval o seguro, puedes ejecutarlo y recuperar lo anticipado más intereses. Sin garantía, la recuperación se complica, de ahí la importancia de revisarlo antes de pagar.

¿Compras sobre plano y anticipas dinero?

Revisamos que el promotor garantice cada pago y blindamos tu contrato de obra nueva.