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Contrato de Reserva, Arras y Señal: Diferencias

Reserva, señal, arras… se usan como sinónimos pero no lo son. Confundirlos puede costarte dinero. Te lo aclaramos.

Compraventa · Actualizado en enero de 2026 · 5 min de lectura

Al reservar una vivienda te pueden pedir una "reserva", una "señal" o unas "arras". Aunque se usan como sinónimos, sus efectos jurídicos difieren, sobre todo si alguien se echa atrás.

Contrato de reserva

Suele ser un documento (a menudo de la agencia) por el que, a cambio de una cantidad, se retira la vivienda del mercado un tiempo. Es clave leer qué pasa con el dinero si la operación no sigue.

Las arras

  • Penitenciales: permiten desistir; si desiste el comprador pierde la señal, si desiste el vendedor la devuelve doblada. Son las más habituales.
  • Confirmatorias: confirman el contrato; no permiten desistir libremente y quien incumple puede ser obligado a cumplir o indemnizar.
  • Penales: funcionan como penalización.

La "señal"

El término "señal" es ambiguo: su efecto depende de cómo se redacte el documento. Por eso lo importante no es el nombre, sino qué dice el contrato. Revisamos y redactamos el documento —reserva o arras— antes de que pagues.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas


No necesariamente. 'Señal' es un término ambiguo cuyo efecto depende de cómo se redacte el documento; las arras (sobre todo penitenciales) tienen un régimen concreto. Lo importante es qué dice el contrato, no el nombre.

Depende de lo que diga el documento de reserva. Algunos prevén la devolución y otros no. Conviene leerlo bien antes de entregar cualquier cantidad.

¿Vas a entregar una reserva o señal?

Revisamos qué firmas y qué implica antes de que entregues ningún dinero por la vivienda.