¿Conviene donar la vivienda a tus hijos ahora o dejarla en herencia? Comparamos ambas opciones y su fiscalidad en Catalunya.
Herencias · Actualizado en octubre de 2026 · 6 min de lectura
Transmitir una vivienda a los hijos puede hacerse en vida (donación) o al fallecer (herencia). Cada opción tiene ventajas y costes distintos.
Se paga el Impuesto de Sucesiones (con las bonificaciones catalanas) y la plusvalía, pero no hay ganancia patrimonial en el IRPF del fallecido.
Depende del valor, la edad, el parentesco y la situación familiar. A menudo, entre padres e hijos en Catalunya, la herencia sale más barata por la exención del IRPF; pero la donación aporta seguridad y control en vida. Lo planificamos caso por caso.
Con frecuencia la herencia sale más económica entre padres e hijos por la exención del IRPF del fallecido y las bonificaciones de Sucesiones, pero depende del caso. Lo calculamos antes de decidir.
Sí, el donante puede tributar en su IRPF por la ganancia patrimonial generada, algo que no ocurre en la herencia. Es un factor clave al comparar.
Depende del caso: la donación tributa por Sucesiones y Donaciones y además genera ganancia patrimonial en el IRPF del donante; la herencia no tiene ese IRPF pero se difiere en el tiempo. Hay que calcular ambas.
Sí, donando la nuda propiedad y reservándote el usufructo. Así conservas el uso de por vida y reduces la base del impuesto. Es una planificación habitual.
Existen reducciones para donaciones a hijos y descendientes con requisitos, por ejemplo para vivienda habitual o formalizadas en escritura. Analizamos si aplican a tu caso.
Analizamos tu caso y planificamos la opción más ventajosa fiscal y legalmente.