No todo terreno permite construir lo que imaginas. Antes de comprar, hay que verificar la clasificación urbanística y la edificabilidad.
Due Diligence · Actualizado en octubre de 2026 · 6 min de lectura
Comprar un terreno para construir tiene un riesgo que no existe en un piso: que no puedas edificar lo que quieres. La clave está en la clasificación urbanística.
Pedimos una cédula o informe urbanístico al Ayuntamiento y hacemos la due diligence antes de que firmes, para saber exactamente qué puedes construir.
No. Depende de la clasificación urbanística: el suelo urbano es apto, el urbanizable requiere desarrollo y el rústico o no urbanizable tiene fuertes limitaciones. Hay que verificarlo antes de comprar.
Es cuánto y cómo puedes construir según el planeamiento (metros edificables, usos, alturas, retranqueos). Conviene solicitar un informe urbanístico municipal antes de la compra.
El urbano es apto para construir de inmediato; el urbanizable requiere desarrollo previo; el no urbanizable, por regla general, no permite edificar vivienda. Determina qué y cuándo puedes construir.
Nota simple, informe o cédula urbanística municipal, comprobación de servicios (agua, luz, saneamiento, accesos) y verificación de cargas, servidumbres y afecciones. Es una due diligence imprescindible.
Por eso conviene condicionar las arras a la confirmación urbanística y hacer la comprobación antes de pagar el grueso del precio. Te ayudamos a blindar la operación.
Verificamos la clasificación urbanística y qué puedes edificar antes de que compres la parcela.