La fianza es obligatoria y en Catalunya debe depositarse en el INCASÒL. Te explicamos importes, depósito y devolución.
Alquiler · Actualizado en enero de 2026 · 5 min de lectura
La fianza es una cantidad obligatoria que el inquilino entrega al firmar el alquiler como garantía. En Catalunya tiene una particularidad: debe depositarse en el INCASÒL.
El arrendador debe depositar la fianza en el Institut Català del Sòl (INCASÒL) en el plazo legal. No hacerlo puede acarrear sanciones y problemas.
Redactamos el contrato y gestionamos la fianza correctamente.
En vivienda habitual, una mensualidad; en usos distintos (temporada, local), dos mensualidades. Además pueden pactarse garantías adicionales dentro de los límites legales.
Sí, en Catalunya el arrendador debe depositar la fianza en el INCASÒL en el plazo legal. No hacerlo puede conllevar sanciones.
Redactamos el contrato y gestionamos la fianza conforme a la ley para evitar conflictos.