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Alquiler

Fianza del Alquiler y Depósito en INCASÒL

La fianza es obligatoria y en Catalunya debe depositarse en el INCASÒL. Te explicamos importes, depósito y devolución.

Alquiler · Actualizado en enero de 2026 · 5 min de lectura

La fianza es una cantidad obligatoria que el inquilino entrega al firmar el alquiler como garantía. En Catalunya tiene una particularidad: debe depositarse en el INCASÒL.

Cuánto es

  • Vivienda habitual: una mensualidad de renta.
  • Otros usos (temporada, local): dos mensualidades.

Depósito obligatorio en el INCASÒL

El arrendador debe depositar la fianza en el Institut Català del Sòl (INCASÒL) en el plazo legal. No hacerlo puede acarrear sanciones y problemas.

Garantías adicionales y devolución

  • Además de la fianza legal, se pueden pactar garantías adicionales dentro de los límites de la LAU.
  • Al finalizar, la fianza se devuelve al inquilino salvo desperfectos (más allá del desgaste normal) o rentas impagadas.

Redactamos el contrato y gestionamos la fianza correctamente.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas


En vivienda habitual, una mensualidad; en usos distintos (temporada, local), dos mensualidades. Además pueden pactarse garantías adicionales dentro de los límites legales.

Sí, en Catalunya el arrendador debe depositar la fianza en el INCASÒL en el plazo legal. No hacerlo puede conllevar sanciones.

¿Dudas con la fianza de tu alquiler?

Redactamos el contrato y gestionamos la fianza conforme a la ley para evitar conflictos.