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Fiscalidad

Gastos e Impuestos de Vender una Vivienda en Barcelona

Cuánto te va a costar realmente vender tu piso: los impuestos del vendedor y los gastos, con las exenciones que pueden ahorrarte dinero.

Fiscalidad · Actualizado en octubre de 2026 · 5 min de lectura

✓ Contenido revisado por abogados colegiados colaboradores de la plataforma. Última actualización: octubre de 2026. Elaborado a partir de fuentes oficiales (BOE, Generalitat de Catalunya, Agència de l'Habitatge, ICAB). Consulta nuestra política editorial.

Al vender una vivienda en Barcelona, el vendedor asume varios impuestos y gastos. Conocerlos de antemano evita sorpresas en la liquidación.

Plusvalía municipal

Grava el incremento de valor del suelo. Si no ha habido incremento real, puede no pagarse o reclamarse; lo vemos en la guía de reclamar la plusvalía.

Ganancia patrimonial en el IRPF

Tributa la diferencia entre el precio de venta y el de compra, en la base del ahorro (escala del 19% al 28%). Existen exenciones importantes:

  • Reinversión en vivienda habitual.
  • Mayores de 65 años que venden su vivienda habitual.

Otros gastos

  • Certificado energético y cédula de habitabilidad.
  • Cancelación registral de la hipoteca, si la hubiera.
  • Comisión de la agencia, si la contratas.

Más detalle en impuestos sobre la vivienda.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas


En la base del ahorro del IRPF, con escala del 19% al 28%. Hay exenciones por reinversión en vivienda habitual o para mayores de 65 años.

No necesariamente. Si no ha habido incremento de valor del suelo desde la compra, puede no devengarse o reclamarse su devolución.

Principalmente la plusvalía municipal, la ganancia patrimonial en el IRPF, la cancelación registral de la hipoteca si la hubiera, el certificado energético y la cédula, y su parte de notaría según lo pactado.

Aplicando exenciones (reinversión en vivienda habitual, mayores de 65 años) y sumando al valor de compra los gastos e impuestos soportados y las mejoras acreditadas, lo que reduce la ganancia. Lo optimizamos legalmente en tu caso.

El comprador debe retener el 3% del precio e ingresarlo en Hacienda a cuenta del IRNR del vendedor no residente, que luego regulariza su ganancia. Coordinamos la retención y su devolución si procede.

¿Quieres saber cuánto pagarás al vender?

Calculamos tus impuestos como vendedor y aplicamos las exenciones que te correspondan.

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